Energía eléctrica: prohíben cortar el servicio a instituciones civiles en la provincia de Buenos Aires

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La Justicia ordenó a las empresas de energía eléctrica que operan en la provincia de Buenos Aires que se abstengan de limitar, suspender o cortar el servicio por deudas a asociaciones civiles y mutuales protegidas por ley ante el impacto de la pandemia, luego de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense y la dirección que nuclea a dichas entidades.

La petición del organismo que conduce Guido Lorenzino y la dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales, a cargo de Maite Alvado, estuvo relacionada a los reclamos de estas entidades por los incumplimientos de las compañías eléctricas a los beneficios dispuestos por una ley provincial -de autoría del diputado Facundo Tignanelli- para protegerlas de los efectos económicos relacionados a la pandemia.

“Esta decisión representa un apoyo a los amplios sectores de la ciudadanía que asisten a estas asociaciones civiles no solo como espacios de socialización y esparcimiento, sino que debido a la pandemia también recurren a ellas para contención y auxilio, para recibir alimentos y vacunas, y que se han transformado hasta en centros de aislamiento”, puntualizó Alvado.

Puntualmente, las quejas tuvieron que ver con que las distribuidoras no aplicaron la tarifa cero que debían facturar durante el tiempo que se extendiera la emergencia sanitaria a asociaciones civiles declaradas de interés público provincial, entre las que figuran clubes de barrio, centros de jubilados, centros culturales, sociedades de fomento, jardines comunitarios y organizaciones de comunidades migrantes, entre otras.

“A pesar de que la ley es clara en cuanto a los beneficios, nos encontramos que las empresas no sólo la cumplieron sino que siguen facturando normalmente e incluso las han intimado con cortes por falta de pago. Estamos ante un grave incumplimiento de las normas y una clara afectación de los derechos de las personas que son contenidas por estas asociaciones”, indicó Lorenzino.

Ante esta situación, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata, a cargo de María Ventura Martínez, dictó esta medida, hasta tanto se resuelva de fondo el asunto o hasta que se venzan los plazos legales de la emergencia sanitaria establecidos para el beneficio de tarifa cero.

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