El plan de 20 años de la ley de inversiones petroleras

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El Gobierno lanza los incentivos a la producción de petróleo y gas, el almacenamiento y las exportaciones. La búsqueda de divisas.

El Gobierno nacional enviará en los próximos días al Congreso el proyecto de Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas que contempla un esquema de incentivo a partir de mayores autorizaciones de exportación garantizadas y de disponibilidad de divisas para iniciativas que se encaren en todas las cuencas que aseguren un incremental de producción en gas y petróleo.

Fuentes oficiales informaron que el articulado del proyecto ya está a disposición del presidente Alberto Fernández con los detalles de un nuevo régimen de promoción de Inversiones para los próximos 20 años, que “genere un horizonte de estabilidad y reglas claras en materia tributaria federal”.

“Es una ley con perspectiva federal, con incentivos a la especificidad de cada una de las regiones del país”, dijeron las fuentes al explicar que la futura norma “está destinada a garantizar el abastecimiento interno con valor agregado, empleo, sustitución de importaciones y mayores exportaciones”.

Para ello “se atienden los requerimientos cambiarios y de disponibilidad de exportaciones que necesitan las inversiones, mediante un esquema que genera beneficios para el productor y el abastecimiento interno”, agregaron.

También atiende uno de los viejos reclamos de las empresas del sector que es la estabilidad fiscal y de todos los beneficios adquiridos desde el momento de adhesión al programa, en cuanto a derechos, aranceles, impuestos, tributos y tasas, en el ámbito nacional y en los ámbitos provinciales y municipales que adhieran oportunamente a la norma.

Para este impulso, se creará un régimen general de promoción de inversiones hidrocarburíferas, que tendrá una vigencia de 20 años y que contendrá regímenes particulares orientados a la promoción de actividades de exploración y producción de petróleo, de exploración y producción de gas natural y de exploración, producción, industrialización y transporte de hidrocarburos, obras de infraestructura energética y prestación de servicios.

La futura norma comprenderá a los proyectos nuevos, así como a los que están en desarrollo y tienen capacidad de incrementar su producción, y a los que están paralizados y requieren de una arquitectura de incentivo especial para ser considerados viables.

En particular se ofrecerá a los proyectos, que deberán cumplir montos mínimos de inversión anuales y sostenidos por plazos de hasta cinco años, niveles de exportaciones garantizadas que arranca en un piso del 20% y se extiende hasta el 50% de los volúmenes de producción incrementales.

Para delimitar esos volúmenes se tomará como base el máximo anual del bienio 2019-2020, o los últimos 12 meses a abril de 2021, cuando se comenzó a discutir la ley con la industria y los sindicatos del sector.

Además, se propone libre disponibilidad a las divisas provenientes de la exportación incremental que se calcularán en hasta un 50% del piso de 20% de permisos de exportación, y que se irá incrementando en la medida que lo haga la producción.

Las fuentes adelantaron que el esquema de inversiones mínimas será para los proyectos de exploración sísmica convencional de US$ 6 millones en un plazo máximo de 3 años; y en almacenaje subterráneo de gas desde US$ 30 millones a 3 años.

Para proyectos de producción convencional un mínimo de inversión de US$ 100 millones a 4 años; para los procesos de industrialización de hidrocarburos de US$ 300 millones a 4 años y en la producción de gas y petróleo no convencional como los de Vaca Muerta, de US$ 400 millones anuales sostenidos en 5 años.

En este último caso el 25% de la inversión comprometida deberá estar destinada al desarrollo de nuevos proyectos pilotos de manera de asegurar su sostenibilidad, en tanto que también se contempla proyectos más chicos en cuencas con declino marcado para los cuales se reducen compromisos y se amplían plazos.

En cuanto a otros beneficios fiscales regulares sólo tenderán a reducir el costo del gasto inicial de los bienes de capital para asegurar la viabilidad de la inversión de los proyectos mejorando la actual estructura, pero una vez en funcionamiento tributarán con las cargas impositivas previstas.

Se trata de beneficios en el Impuesto a las Ganancias, en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), aranceles y derechos de importación a bienes de capital, en particular con una mención a los proyectos costa afuera que son más onerosos.

Finalmente, se aborda otro tema sensible para el sector como lo son los derechos de exportación, los que podrán oscilar en tasas del 0% al 8% de acuerdo a una fórmula de cálculo en base al precio internacional del crudo Brent, mientras que se ratifica que los volúmenes adicionales se mantendrán dentro de lo contemplado en el Decreto 488 del año pasado.

De esta manera, se explicó que en conjunto se asegura que se logrará fortalecer el ingreso de divisas y las reservas del BCRA, promoviendo, desarrollando e incrementando el valor agregado regional y nacional en la cadena de valor de la actividad hidrocarburífera.

El esquema apunta a alentar la participación de las empresas regionales y nacionales como proveedores de la actividad, e incrementando la proporción de bienes y procesos tecnológicos elaborados y diseñados por trabajo argentino.

La iniciativa prevé dar un impulso al sector promocionando la producción convencional como no convencional -con distintos incentivos y requerimientos- y en todas las cuencas del país, así como todas las actividades que directa o indirectamente están relacionadas.

También se promueve el transporte, compresión, separación, tratamiento, almacenaje y la industrialización de los hidrocarburos y sus derivados a través de procesos que los utilicen como materia prima, incluyendo -sin limitación- la petroquímica, la producción de fertilizantes, la separación, la licuefacción de gas natural y la refinación de combustibles.

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