El Gobierno anuncia modificaciones en el impuesto a las Ganancias

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El anuncio será a las 11.30 y estarán presentes los tres integrantes del Frente de Todos. Se hará por decreto y el proyecto se encamina a “actualizar el tope”.

La medida se da luego de darse a conocer una carta con un pedido en ese sentido que el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, le envió al ministro de Economía, Martín Guzmán.

Se estima que el piso mínimo no imponible se elevará a $265.000 con el objetivo de que los aumentos de las paritarias sindicales no terminen siendo contraproducentes para los trabajadores que pasan a tributar el gravamen.

En la actualidad, la base de remuneración bruta mensual de Ganancias está en $225.936,97

Los empleados que ganen entre $225.936,97 y $260.580,64 de salario bruto, tienen el beneficio de una deducción especial, cuyo valor es gradual según la remuneración. A partir del implemento de esta medida, se evita que un empleado con un sueldo bruto mayor, reciba, en mano, menos salario que otro con menor remuneración bruta.
Además, el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) está eximido del impuesto para aquellos contribuyente cuya remuneración promedio no haya superado los $225.936,97 en el segundo semestre.
Massa le marcó la cancha al ministro de Economía, Martín Guzmán, con una segunda carta en la que pidió que se instrumenten “sin demoras” los cambios en torno al piso de Ganancias, de manera que se realicen antes de la liquidación del medio aguinaldo en junio.

Las 10 deducciones del impuesto a las Ganancias

¿Qué conceptos se pueden deducir para pagar menos Ganancias? Se trata de 8 tipos y cada uno tiene un monto específico:

Por cónyuge o conviviente: $156.320,63
Por hijo menor de 18 años: $ 78.833,08
Por hijo discapacitado: $157.666,16
Por personal de casas particulares: $167.678,40 en concepto de sueldos y contribuciones patronales pagadas a la trabajadora
Por alquiler: se puede deducir el 40% del monto que se paga por el alquiler del inmueble destinado a casa habitación hasta el límite de $ 167.678,40.Para poder deducir el alquiler es requisito contar con la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado.
Por cuotas médicas de prepaga: se pueden deducir todos los pagos de las cuotas de medicina prepaga o aportes derivados a obras sociales con un tope del 5% de la ganancia neta.
Por intereses de créditos hipotecarios. con tope de $20.000 anuales, un monto congelado hace más de 20 años.
Por donaciones: con un tope del 5% de la ganancia neta. Pueden ser donaciones a entidades nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles.
Por gastos de sepelio: del propio contribuyente o de un familiar declarado a cargo. Se descuentan solamente $996,23
Por seguros de vida y planes de retiro: por 2021 hubo un tope deducible anual de $24.000.

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