AFIP: los contribuyentes ya pueden reclamar la devolución del 35% por la compra de divisas de 2022

Te puede interesar...

La AFIP habilitará que los contribuyentes puedan reclamar ante el fisco la devolución de la percepción del 35% por la compra de dólares o consumo en moneda extranjera en el mercado oficial hecha a lo largo de 2022. El organismo tributario prevé el cobro de un recargo del Impuesto a las Ganancias y también de Bienes Personales para encarecer el precio de la divisa norteamericana.

 

De acuerdo a los criterios de la AFIP, podrán solicitar la devolución a quienes se les practicaron las percepciones por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras.

No podrán solicitar la devolución aquellos que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales.

PASO A PASO: cómo solicitar la devolución del 35%

Para solicitar la devolución, se deberá ingresar a la web de la AFIP (www.afip.gob.ar) presionar “INGRESAR” en el recuadro de “ACCESO CON CLAVE FISCAL”. A continuación, se deberá ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal. Luego presionar el botón “INGRESAR”.
El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que tenés habilitados. Allí seleccioná “Mis Aplicaciones Web”. Si no encontrás este servicio deberás habilitarlo utilizando la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
Ingresá al servicio “Devolución de percepciones”. Si no lo tenés dentro de tus servicios habilitados, podés agregarlo desde la opción “Mis Servicios”. Solamente tenés que escribirlo en el buscador y presionar el botón AGREGAR.

4. En la pantalla inicial deberás seleccionar la solapa “NUEVO” para crear una nueva presentación. Allí tendrás que indicar el período (AAAAMM) por el que quieras realizar una solicitud. Deberás realizar una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones.

5. A continuación, podrás seleccionar o deseleccionar las percepciones que correspondan. La secuencia “0” indica que la presentación con la que estás operando es la original.

6.Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención/percepción, solamente deberás seleccionarlas y pedir su devolución. En caso de ser necesario, podrás agregarlas manualmente cuando no hayan sido informadas. Recordá agregar solo aquellas correspondientes a la Resolución General N° 4.815 y guardar la documentación respaldatoria, ya que se te podrá requerir para una verificación. Aplican los códigos de impuesto 217 o 219 para los códigos de los regímenes del 591 al 600.

Una vez cargadas, el sistema te permitirá GRABAR la presentación y dejarla como “borrador” o PRESENTAR para comenzar con el trámite de devolución.

7. Si presionás sobre PRESENTAR, el sistema te pedirá que confirmes la operación para comenzar el proceso de trámite de devolución de las percepciones.

8. En caso de detectar algún error en la declaración jurada, podrá generarse una rectificativa. Para ello, en la solapa “Buscar” deberás ingresar los datos correspondientes al período (AAAAMM), el estado de la solicitud (Borrador/Presentado/En proceso/Con error) y la fecha de modificación desde – hasta. Luego presioná ACEPTAR.

9 .A continuación, el sistema te mostrará todos los formularios cargados para el período y estado indicados. También te permitirá agregar nuevas columnas desde el desplegable de última modificación.

10. La solapa “Percepciones con devolución aprobada” contendrá la información de aquellas percepciones que ya han ingresado en una solicitud anterior y que se encuentran aprobadas en proceso de pago o pagadas.

Más articulos

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Ultimos artículos