A partir del viernes y hasta fin de marzo habrá cortes vacunos con descuentos del 30%

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El Gobierno nacional anunció la incorporación de la carne vacuna al programa de Precios Justos, y habrá rebajas del 30%. Los nuevos precios regirán desde este viernes en supermercados y se mantendrán hasta el 31 de marzo y luego estos cortes tendrán una pauta del 3,2% hasta el 30 de junio.

En un acto, el ministro de Economía, Sergio Massa, junto al secretario de Comercio, Matias Tombolini y su par de Agricultura, Juan Jose Bahillo, anunciaron el acuerdo con los distintos actores del sector de la carne, y destacaron su impacto en la inflación.


Los siete cortes de carne

-Asado, nalga, matambre, vacío, falda, paleta y tapa de asado.

 

 

– La comercialización se realizará todos los días en supermercados e hipermercados y carnicerías de frigoríficos. Se trabajará con los supermercados nucleados en ASU, CAS y FASA los días de ventas de estos cortes.

– Reintegro de compras con tarjeta de débito bancaria y no bancarias – AFIP

– El beneficio será para compras en comercios que se encuentren inscriptos en la AFIP a la fecha de entrada en vigencia del programa.

– Incluye carnicerías, minimercados y comercios que se estén inscriptos en el IVA como MiPyme. Quedan excluidos hipermercados y supermercados de cadenas.

– Se reintegrará el 10% del total de la compra que se acreditará en 48 horas, y el tope del reintegro será $2.000 por mes calendario. Equivale a compras mensuales de $20.000 en las pequeñas carnicerías.

También, Sergio Massa anunció el reintegro del 10% de compras con tarjeta de débito para los comercios que se encuentren inscriptos en la AFIP a la fecha de entrada en vigencia del programa.

-Diferimiento del pago de obligaciones impositivas de control de AFIP con vencimiento hasta el 31/12/2023, a saber:

-Carnicerías sujetas al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes: diferimiento de 90 días del pago del impuesto integrado -componente impositivo.

-Carnicerías responsables inscriptas en el IVA: diferimiento de 90 días del pago del saldo de la declaración jurada del IVA que corresponda.

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