El Gobierno apelará la suspensión del capítulo laboral del DNU

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El Gobierno nacional apelará la decisión de la Cámara Nacional del Trabajo de suspender la aplicación del capítulo laboral del DNU y solicitarán la incompetencia de este fuero.

El Ejecutivo informó que la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo del exjuez de la Corte Suprema, Rodolfo Barra, “apelará la medida cautelar” de la Cámara y pedirá “la incompetencia de ese fuero”.

“El fallo contradice todos los fallos dictados hasta ahora en el país”, añadió en un comunicado, y sostuvo que “desoye el criterio que adoptaron los otros tribunales del país, tanto en la Ciudad (de Buenos Aires) como en el interior, que enviaron la causa al juez natural y universal que conoce en todos los asuntos“. Así, aludió al fuero Contencioso Administrativo Federal, y en el caso particular al juez Esteban Furnari, que atrajo todas las presentaciones contra el DNU.

La decisión de la Cámara fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo, junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.

“No se evidenciaría objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en las referencias genéricas a ‘un hecho demostrado’, lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo“, sostuvieron los jueces que conformaron la mayoría, según surge del fallo.

“El fiscal y un juez del mismo tribunal en minoría sostuvieron lo contrario a la medida cautelar“, precisó el Gobierno.

“Varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria, al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como ‘leyes antievasión’“, agregaron los magistrados.

Los jueces destacaron, además, que “no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad‘”.

 

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