El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley de Alivio Fiscal aprobada hace una semana por el Congreso. La misma, consiste en la condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas y personas humanas consideradas pequeños contribuyentes con deudas inferiores a 100 mil pesos.
En detalle, el decreto habla de micro y pequeñas empresas y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, incluidos monotributistas y con efecto exclusivo para las y los contribuyentes cuyas deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social, liquidas y exigibles, al 31 de agosto de 2021 sean inferiores a $100.
La condonación establecida alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/multas y demás sanciones y no comprende los siguientes conceptos:
Aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales;
Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART);
Las retenciones y percepciones practicadas y no ingresadas.