Gremios petroleros y cámaras empresarias a conciliación obligatoria por 15 días

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El Ministerio de Trabajo de la Nación intimó a las partes a comenzar a negociar a partir del miércoles a través de una plataforma virtual.

El ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria durante 15 días e instó a los gremios del sector petrolero y a las cámaras con representación a iniciar una instancia de negociaciones a partir del 16 de septiembre a las 14.30 a través de una plataforma virtual.

La convocatoria alcanza al Sindicato Del Personal Jerárquico y Profesional Del Petróleo, Gas Privado y Químico de Cuyo y La Rioja; el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral; el Sindicato del Petróleo y Gas Privado del Chubut; Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén y Río Negro; el Sindicato de Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa; Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa; el Sindicato Petrolero y Gas Privado Santa Cruz; y la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles y sus sindicatos adheridos, como también a la Cámara De Exploración y Producción De Hidrocarburos (CEPH) y a la Cámara De Empresas De Operaciones Petroleras Especiales (CEOPE).

Mediante una resolución, el Ministerio intimó a las entidades gremiales “a dejar sin efecto toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual” y al mismo tiempo, a través de la resolución, obliga a las cámaras petroleras a sentarse a la negociación bajo la órbita nacional.

Asimismo, la cartera laboral manifiesta que tomó conocimiento de que una docena de entidades sindicales de toda la cadena de valor de la industria petrolera del iniciarían medidas de fuerza que “impedirían la normal operatoria de las empresas representadas” por CEPH y la CEOPE.

“Resulta necesario disponer las medidas pertinentes para promover una solución pacífica y legal al conflicto planteado, en el marco de la competencia de esta Autoridad”, afirma el ministerio y señala que “en circunstancias como la presente, debe otorgarse especial consideración al interés general como principio rector de las relaciones desarrolladas en la materia y por cuya protección esta administración debe velar”.

La resolución de Trabajo menciona que “la actividad involucrada queda comprendida dentro de los supuestos de excepción previstos” como “actividad esencial” en la emergencia de la pandemia del coronavirus en el país.

En otro de sus considerandos, el ministerio afirma que el objetivo primordial del “procedimiento no sólo es tratar de avenir a las partes para que lleguen a un acuerdo que solucione el conflicto de origen sino, y en primer término, garantizar la paz social atendiendo a la necesidad pública de contrarrestar eventuales desbordes que pudieran suscitar las acciones de las partes”.

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