Mendoza analiza si adhiere a los nuevos valores de exploración y explotación de hidrocarburos

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El Gobierno nacional fijó los nuevos valores al canon por exploración y explotación de hidrocarburos. Mendoza ya tiene sus precios diferenciados.

El Gobierno nacional fijó los nuevos valores al canon por exploración y explotación de hidrocarburos a partir del año próximo, a través del Decreto 771/2020 publicado en el Boletín Oficial. La norma establece el valor máximo del canon hidrocarburífero que deberá pagar el permisionario anualmente y por adelantado, al Estado o a la jurisdicción provincial que corresponda.

En la administración de Rodolfo Suarez aseguran que la medida era solicitada por la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI), que está integrada por diez provincias petroleras.

“Es importante, aunque que en Mendoza ya cobrábamos canones diferentes al resto del país por una ley provincial”, explicó Emilio Guiñazú, subsecretario de Energía y Minería de Mendoza.

“Los nuevos canones fijados son similares a los de Mendoza y estamos analizando adherir”, aseguró el funcionario, quien agregó: “En algunos casos es levemente inferior y en otros levemente superior. Pero objetivamente lo ideal es homogeneizar, si el estándar es el correcto”.

LOS NUEVOS VALORES

El decreto nacional indica que, para el primer período de concesión, se abonará el monto equivalente en pesos de 0,46 barriles de petróleo por kilómetro cuadrado.

Para segundo período, ese monto será equivalente a 1,84 barril; y, si hay una prórroga, se pasa a pagar un valor en pesos de 32,22 barriles de petróleo.

Además, el decreto establece que el valor máximo del canon hidrocarburífero que el concesionario de explotación pagará anualmente y por adelantado al Estado o la provincia, será de 8,28 barriles.

El texto precisa que “el precio a considerar para determinar el valor del barril de petróleo a los efectos del cálculo del canon a pagar, será el que surja del promedio del precio de mercado interno de petróleo correspondiente al primer semestre del año anterior al de la liquidación”.

Estos precios serán publicados por la Secretaría de Energía tomando el valor correspondiente al mercado interno más transferencias sin precio, del informe de regalías de petróleo crudo o de la publicación que la reemplace en el futuro. El coeficiente de conversión de metros cúbicos a barriles por kilómetro cuadrado será 6,2898.

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